Día: 28 de marzo de 2019
El derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas, que aparece expresamente reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución, aunque no es identificable con el derecho al cumplimiento de los plazos establecidos en las leyes procesales, impone a los órganos jurisdiccionales la obligación de resolver las cuestiones que les sean sometidas, y también la […]
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