Antiguo 1302-2019

En el post de hoy de Devesa & Calvo Abogados en Alicante, Benidorm y Valencia, explicaremos las claves legales del contrato de franquicia, una de las fórmulas mercantiles más empleadas para expandir empresas, y especialmente aquellas que por su modelo de negocio y know-how, son replicables en diferentes lugares con ciertas garantías de éxito.

¿Qué es el contrato de franquicia?. El contrato de franquicia es aquel en virtud del cual una persona física o jurídica (en la práctica, normalmente jurídica) denominado técnicamente franquiciador, cede a otra (franquiciado), el uso de su modelo de negocio, derechos de propiedad industrial, y know-how (conocimientos, procedimientos y técnicas operativas) a cambio de un precio (llamado canon).

Desde la experiencia en nuestro despacho profesional con el contrato de franquicia y más allá de ahondar en definiciones y consideraciones doctrinales, es importante tener presente, entre otras, las siguientes claves legales:

1.- Es fundamental para el franquiciado, estudiar con detalle la información precontractual que el franquiciado está legalmente obligado a facilitarle por escrito. Ha de tratarse de información fiable y suficiente, de forma que permita al potencial franquiciado, valorar adecuadamente el riesgo empresarial y financiero que, en su caso, asumirá.

2.- Por su parte, el franquiciado vendrá obligado a guardar escrupuloso secreto y sigilo, con respecto a la información confidencial que reciba del franquiciador; cualquier franquiciador mínimamente prudente, incluirá, ya en fase precontractual incluso, tal obligación de confidencialidad que proteja su know-how.

3.- Otro de los factores críticos a tener en cuenta y negociar adecuadamente es la retribución o precio que el franquiciado debe abonar al franquiciado, denominado canon. Dicho canon suele desglosarse además en dos tipos, uno de carácter inicial que el franquiciado debe abonar al comienzo de la relación contractual y otro de tipo periódico o constante, que ha de abonarse con la periodicidad que se haya pactado (mensual, trimestral, anual, etc..). Otra forma de retribución en favor del franquiciador que también es usual en los contratos de franquicia, es la obligación del franquiciado de comprarle determinados bienes, esto es, mercancías, existencias o materiales, de consumo ordinario en el negocio objeto de la franquicia.

4.- Exclusividad o no del contrato de franquicia. El contrato de franquicia en la práctica totalidad de los casos conlleva la concesión en exclusiva del franquiciador al franquiciado, de los elementos y know-how objeto de franquicia,para un área geográfica concreta (v.gr: ciudad, provincia, comunidad autónoma o país).

 

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