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Si ha abonado usted gastos notariales y registrales que el banco le ha impuesto por la hipoteca de su vivienda, no deje de leer este post de Devesa & Calvo Abogados, porque tal vez pueda recuperar su dinero. Y es que efectivamente, el Tribunal Supremo, en su Sentencia 705/2015, de 23 de diciembre, vino a declarar abusiva una cláusula hipotecaria, en virtud de la cual la entidad financiera imponía al prestatario -siendo este consumidor- el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados de la constitución del préstamo hipotecario.

¿Qué gastos impuestos al particular se contenían en la cláusula declarada nula por el Tribunal Supremo? Estos conceptos incluyen gastos notariales y registrales, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la constitución de hipoteca, así como otros gastos, tales como los honorarios de abogado y procurador de la entidad financiera, en caso de reclamación judicial por la entidad financiera cuando no fuese preceptiva su intervención.

La argumentación del Tribunal Supremo en esta resolución es muy clara. Este tipo de prácticas bancarias son abusivas, conforme a lo dispuesto en el artículo 89.3 del Texto Refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios, que califica como tales:

«La transmisión al consumidor y usuario de las consecuencias económicas de errores administrativos o de gestión que no le sean imputables.

-La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley correspondan al empresario.

-La estipulación por la que el consumidor ha de cargar con los gastos derivados de la preparación de la titulación que por su naturaleza correspondan al empresario.

– La estipulación que imponga al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el empresario.

-Las que tienen por objeto imponer al consumidor y usuario bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados.

-Los incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso expresados con la debida claridad o separación».

Antes de impugnar judicial o extrajudicialmente una determinada cláusula hipotecaria, como esta que impone al consumidor los gastos notariales y registrales, es necesario no obstante acudir a profesionales del Derecho para analizar el caso concreto así como sus posibilidades de éxito ante los Juzgados y Tribunales.

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