Devesa 7 septiembre

La masa activa del concurso está constituida por la totalidad de los bienes y derechos integrados en el patrimonio de la empresa concursada a la fecha de la declaración de concurso y por los que se reintegren al mismo o adquiera hasta la conclusión del procedimiento. Se exceptúan aquellos bienes y derechos que, aun teniendo carácter patrimonial, sean legalmente inembargables.

Aquí se incluirán todos los bienes inmuebles o muebles, derechos de crédito, fianzas pendientes de recuperar, depósitos bancarios, caja, mobiliario, equipos informáticos, instalaciones, existencias, mercaderías, facturas pendientes de cobrar a los clientes etc.. De cada uno de los bienes y derechos relacionados en el inventario debe expresarse su naturaleza, características, lugar en que se encuentre y, en su caso, datos de identificación registral.

En cuanto a la masa pasiva son todos los créditos contra la empresa concursada, existentes a la fecha de la declaración de concurso, salvo, que tengan la consideración de créditos contra la masa.

Aquí se incluirán las deudas con Hacienda Pública, Seguridad Social, salarios, indemnizaciones por despido, facturas impagadas de suministros como luz, agua etc…, deudas bancarias, préstamos impagados, facturas impagadas a los proveedores, alquileres, cánones etc.

El dato más relevante es que se trata de deudas anteriores a la declaración de concurso, pues las que se generan después de la declaración de concurso tendrán un tratamiento distinto. Estás deudas posteriores, recibirán la denominación de créditos contra la masa, como por ejemplo: salarios correspondientes a los últimos treinta días de trabajo efectivo realizado antes de la declaración de concurso en cuantía que no supere el doble del salario mínimo interprofesional; la asistencia y representación del concursado y de la administración concursal durante toda la tramitación del procedimiento, o los generados por el ejercicio de la actividad profesional o empresarial del concursado tras la declaración del concurso, y los que resulten de obligaciones válidamente contraídas durante el procedimiento por la administración concursal o, con la autorización o conformidad de esta, por el concursado sometido a intervención, entre otros.

Esta distinta calificación jurídica es relevante en orden a la calificación de los diferentes créditos y su pago.

La determinación de las masas activa y pasiva del concurso se realiza a través del inventario y listas de acreedores presentados por el deudor teniendo en cuenta los créditos comunicados por los acreedores, y el informe provisional de la administración concursal.

Sebastián Crespo

Socio Área Litigios Devesa y Calvo Abogados

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