Devesa 0410

Airbnb, Uber, Netflix o Amazon son compañías cuya aparición ha afectado de forma disruptiva a modelos de negocio que hace una década ni podían aventurar el auténtico tsunami que ha supuesto el fenómeno de la digitalización. Efectivamente, una vez sale de los ámbitos innovadores de la ciencia y la tecnología por excelencia, como son las universidades y los centros de investigación de todo tipo, los nuevos modelos se proyectan sobre industrias y servicios a lo largo y ancho del planeta de manera muy rápida pues están avalados en términos de efectividad y eficiencia por tales prestigiosos foros.

Las tecnologías que agrupa la digitalización van a afectar de forma igualmente disruptiva a la industria basada en el conocimiento y, dentro de ella, al mundo de los servicios jurídicos. A este respecto se dice, que “la digitalización o mejor dicho las tecnologías que la soportan van a cambiar el sector de los servicios legales en los próximos veinte años más que en los últimos doscientos”.

El mundo del derecho pues no solo va ser cuestionado, reformulado y/o mejorado a la luz de los serios interrogantes éticos, morales y jurídicos que la digitalización traerá consigo, como por ejemplo, el “superhombre” o el hombre potenciado (una suerte de ciborg humano pero conectado a máquinas que amplían sus capacidades, etc,..), la búsqueda de la verdad ante la manipulación espúrea de los hechos realmente acontecidos o informaciones sesgadas por algoritmos predictivos interesados, las decisiones automatizadas por algoritmos prescriptivos que afectarán a nuestras vidas (seguros, hipotecas, acceso al trabajo, etc,..) todo lo cual incluso ha sido bautizado por algún autor como un auténtico “Ciberleviatán”, sino también y muy profundamente en su vertiente más tradicional y práctica: la tiene que ver con la prestación de todo tipo de servicios legales por parte de Juristas y despachos.

Así es, hoy es una realidad el poder buscar y contratar un abogado en un “mercado virtual”, auto recurrir una multa a través de la compra de un formulario, reclamar una indemnización por un servicio defectuoso de aerolínea u otros por parte de una empresa especializada y sin coste alguno (en caso de perder), comprar un modelo de contrato de alquiler o compra de nuestra casa ajustado a nuestras necesidades e incluso divorciarnos telemáticamente. Todo ello gracias a las tecnologías que subyacen a la digitalización de los procesos de negocio de este tipo de servicios. Pues bien la aplicación a los servicios legales de las tecnologías que sustentan la llamada cuarta revolución industrial se ha denominado LEGALTECH y si bien no hay un consenso explícito sobre su definición, habrá de convenirse que al igual que su semejantes FINTECH, REGTECH, INSURTECH, etc,.. Legaltech muy bien podría enmarcarse en toda aquella tecnología en la que componente legal es crítico o bien la que satisface necesidades específicas de cualquier colectivo de profesionales jurídicos (Gonzalez-Espejo García, M Jesús). A nuestro juicio, la idea de satisfacción es muy interesante porque debe reflejarse claramente desde ahora que las “legaltech” son propuestas empresariales de solución o satisfacción de necesidades a un colectivo jurídico o para-jurídico mediante herramientas (software) diseñadas para tales fines. En este sentido, con la anteriormente citada autora, podemos establecer una primera clasificación en aquellas que han sido desarrolladas por y/o para prestar un servicio público y las creadas para dar a apoyo al sector privado. Como ejemplo de las primeras tenemos la digitalización del registro civil, los programas PADRE y SII de la Agencia Tributaria, LEXNET, AGENDA PROGRAMADA DE SEÑALAMIENTOS, FACILITA de la AEPD o el CENDOJ del CGPJ, junto a las cuales distintos colectivos, Notarios, Registradores, Procuradores y Abogados han creado herramientas idóneas para la prestación de sus servicios. En cuanto a las herramientas Legal Tech para sector privado, podemos atender a la clasificación que realiza el Instituto de Innovación Legal y sin pretensión alguna al respecto, mencionar las siguientes:

  • Legal Tech para Juristas y despachos
  • Sistemas de gestión integral de despachos
  • Bases de Datos de Jurisprudencia, Legislación, Formularios, doctrina, códigos, etc,…
  • Jurimetria, análisis de datos y algoritmos predictivos que ayudan a imaginar escenarios de futuro (jurisprudencia, doctrina, etc,..)
  • Formularios contractuales
  • Evidencias digitales con eficacia legal (correos, mensajes, etc,..)

 

  • Legal Tech para empresas
  • Buscador de abogados, Directorios, etc,..
  • Evidencias digitales
  • Software de gestión documental para cumplir con normativa como GDPR o prevenir riesgos, COMPLIANCE PENAL, etc,…

 

  • Legal Tech para consumidores o usuarios finales
  • Buscador de abogados
  • Reclamaciones en masa de indemnizaciones, etc,..
  • Formularios de toda clase de contratos, instancias,
  • Acceso a documentos oficiales (certificaciones, notas simples, etc,..)

Las claves del éxito de las herramientas “legal Tech” son, básicamente, que están orientadas y diseñadas como PRODUCTOS/SERVICIOS de consumo que satisfacen necesidades concretas a  clientes concretos (user experience), son de consumo sencillo e inmediato, desde cualquier lugar, tiempo (24×7) y forma (multicanal), son en su mayoría, a su vez, autogestionables (do it youself) y la transparencia por el medio a través del cual se prestan es su seña de identidad.

Como suele decirse, esto no ha hecho más que empezar. Así que, como otros sectores antes, es hora de ocuparse del modo en que los profesionales hemos venido prestando nuestros servicios para adaptarnos a ello y convertirnos en verdaderos asesores que aporten valor a sus clientes, además de facilitar soporte documental de sus pretensiones en un momento dado.

 

Juan José Cortés

Of Counsel del Área Compliance y Legaltech de Devesa & Calvo Abogados

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